miércoles, 20 de febrero de 2013

Antecedentes...


En el siguiente texto analizaremos los procesos que hicieron que los medios de comunicación sean legislados, y haremos un repaso de cuáles son las leyes antecesoras a la última Ley número 26.522.

Hoy en la Argentina, se está viviendo un nuevo paradigma con respecto a los medios de comunicación que fue provocado por los cambios de la nueva ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que deshabilita a la anterior, impuesta por el gobierno de facto de Jorge Rafael Videla en 1980.
Entonces, repasemos los procesos que se dieron para los nuevos medios de comunicación que se conocían en el país, fueran legislados y promulgados para ser utilizados por toda la población de forma libre.
Estos son algunos antecedentes legales a la regulación de la radiodifusión en el país:

-         En el año 1875, es sancionada la ley 750 1/2 que es la vieja Ley de Telégrafos. Este  es el antecedente más lejano en materia de legislación de comunicaciones. En nuestro país durante mucho tiempo, las comunicaciones estuvieron sin legislación y sin un plan regulador por parte del estado.



-         Esta ley tendría su ampliación en 1904, pero sería definitiva su modificación bajo la Ley Nacional de Servicio Radiotelegráfico de 1913, relacionada con los faros y barcos, la legislación pasó a los Ministerios de Marina e Interior.



Recién en el año 1953, se implementó una política nacional de comunicación en el país, en un gobierno democrático. Una ley que fue presentada el 2 de junio con la firma de Oscar L. M. Nicolini y Juan Perón al Congreso de la Nación, sancionada el 28 de septiembre y promulgada el día 13 de octubre de 1953. La Ley está compuesta por 26 artículos separados en dos títulos: Servicio de explotación privada y Servicio oficial de radiodifusión.
A DESTACAR:
·        El servicio de radiodifusión fue establecido como de “interés público”, la presentación de servicios se basaba en cambiar el interés particular a un interés social, cultural, económico y político de la Nación. Las estaciones de radio y televisión debían contemplar una planificación que contemple un desarrollo nacional e integral del país, conciliando intereses privados con los derechos de los argentinos. De esta forma, se buscaba la universalización del acceso a la comunicación.
·        Las licencias para los medios, se otorgaban por veinte años y para ser dueño de un medio era requisito ser argentino nativo. Así como también, se insiste en la promulgación de contenidos nacionales. Las licencias otorgadas no podían ser cedidas o transferidas total o parcialmente por ningún motivo.
·        Se creó el Servicio Oficial de Radiodifusión (SOR), actualizando un proyecto de 1939 año en el cual era presidente Roberto Ortiz. Entre otras responsabilidades culturales y sociales, debía jerarquizar la oferta radial y encargarse de la difusión de las acciones de gobierno.

La Ley 22.285del año 1980, bajo el gobierno de facto de Videla tiene modificaciones que limitan el libre derecho a la comunicación, y la convierte en una ley para los intereses económicos de los que más tienen, censurando a los que querían expresarse con libertad.

A DESTACAR:
·        La ley tenía como objetivo llevar un sistema de medios comerciales que no afecten a sus políticas. Es por ello que todos los medios existentes eran controlado por las Fuerzas Armadas, con una doctrina de “Seguridad nacional”. Para cumplir con esto, se privatizaron las señales que estaban en un plazo de tres años (artículo 106).
·        En esta ley, en vez de dar nuevos espacios y lugar a producciones se hizo lo contrario y en su artículo 7 hay un limite a la libertad de expresión: “Los servicios de radiodifusión deberán difundir la información y prestar la colaboración que les sea requerida, para satisfacer las necesidades de la seguridad nacional.”
·        Las licencias, ahora serían por 15 años pero finalizado este período podían ser prorrogados por 10 años más. Los titulares, sólo podían ser personas individuales o sociedades comerciales, y tenían permitido tener 24 licencias una misma persona física o jurídica. Las organizaciones sin fines de lucro, universidades no podían ser titulares ni de radio ni televisión. Y las provincias y municipios sólo tenían permitido un servicio de radio y sin publicidad.
  • Se designó al Comité Federal de Radiodifusión (COMFER) como autoridad de la aplicación de la ley, siguiendo las pautas de la Doctrina de la Seguridad Nacional impulsada por los Estados Unidos en las décadas de 1960, 1970 y 1980. Y su directorio estaba integrado por siete miembros representando a los siguientes sectores: Ejército Argentino, Armada Argentina, Fuerza Aérea Argentina, Secretaría de Información Pública, Secretaría de Estado de Comunicaciones, La asociación de licenciatarios de radio y La asociación de licenciatarios de televisión.

                               
Desde el establecimiento de la  ley en 1980 en estado de  dictadura, el país tuvo que padecer tal exclusión hasta 2009 año en el cual Cristina Fernández de Kirchner reemplazo dicha ley  por una más acorde a los tiempos que estamos transitando, que incluya a todo aquel que quiera gozar de su derecho a la comunicación y libre acceso a la información que fue arrebatado por la dictadura (una de las tantas cosas que nos ha quitado), hoy en día hay  grupos económicos que al haber sido beneficiados con ella, lucha para que la nueva ley de medios, la de “Inclusión’’ de nuevas voces, no sea llevada a cabo.



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